SANTO DOMINGO . La escritora e investigadora
Ilonka Nacidit Perdomo solicitó a la Cámara de Diputados reconsiderar el cambio de nombre de la calle
Baní, de la Urbanización Tropical, por la del merenguero Joseíto Mateo,
al considerar que el proyecto de ley para este propósito aprobado por el Senado no estimó el lazo histórico territorial que
identifica esta vía.
Perdomo explica en su texto que
la designación de Baní a esa calle, así como los nombres de otras vías del
sector ubicado en las cercanías de la Autopista 30 de Mayo, responden a la
relación que existió entre los propietarios del terreno donde se desarrollo la
urbanización con la historia de la provincia Peravia y personajes destacados de
esta demarcación.
“Es la «Calle Baní» la misma que
recuerda al «Algodonal», el histórico fundó como le llama el historiador
Américo Moreta Castillo, a las tierras del General restaurador Braulio Álvarez
(1842-1921), el mismo personaje que tantas veces cita Moscoso Puello en su
novela Navarijo, y a las primeras mujeres dominicanas que habitaron esta finca
del «Algodonal» borradas sus vidas heroicas de la “historia oficial”, expone la
escritora que reside en esa calle.
De acuerdo a los apuntes
reseñados por Perdomo, las mujeres que habitaron espacio fueron María Josefa
Álvarez Guerra (1838-1892) y Mercedes Pina Echavarría (1846-1944), “la hija del
prócer febrerista Pedro Alejando Pina”.
Sostiene que la calle Baní “ha
sido denominada así por la reminiscencia de los lazos y patrones narrativos que
se establecieron desde el siglo XIX con la comunidad de Baní, y que empezó la
banileja María Josefa Álvarez Guerra (1838-1892), declarada en la parroquia de
San Carlos, y continúo Mercedes Pina Echavarría (1846-1944), la hija del prócer
febrerista Pedro Alejando Pina , en estas tierras del «Algodonal» donde está
enclavada la Urbanización Tropical, y que no fueron ajenas a las convulsiones
sociales y políticas posteriores a las guerras de la Independencia”.
La ley que rige la designación de nombres a calles, edificios, poblaciones, obras públicas, divisiones políticas y servicios públicos es la 2439 del año 1950, modificada por la ley 49 de 1966.
La modificación establecida en el año 1966 dispone en su artículo 1 que cuando se vaya a asignar el nombre de una persona viva o que tenga menos de 10 años de haber fallecido, a edificios, obras, vías, calles, carreteras, cosas o servicios públicos dependientes del Estado, se requerirá una ley para la asignación del nombre. DL.
La ley que rige la designación de nombres a calles, edificios, poblaciones, obras públicas, divisiones políticas y servicios públicos es la 2439 del año 1950, modificada por la ley 49 de 1966.
La modificación establecida en el año 1966 dispone en su artículo 1 que cuando se vaya a asignar el nombre de una persona viva o que tenga menos de 10 años de haber fallecido, a edificios, obras, vías, calles, carreteras, cosas o servicios públicos dependientes del Estado, se requerirá una ley para la asignación del nombre. DL.
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