CON CACIANA DEL ROSARIO DE BOCA EN BOCA 2017. Imágenes del tema: kelvinjay. Con la tecnología de Blogger.

PORTADA

VIDEOS DE BOCA EN BOCA

NACIONALES

INTERNACIONALES

ECONOMIA

SALUD

DEPORTES

ARTE

» » » Stephora Joseph murió por asfixia mecánica por ahogamiento, de acuerdo a la autopsia


 De acuerdo al informe 552-2025 del Instituto Nacional de Ciencias Forenses fechado el 19 de noviembre, la niña murió por “asfixia mecánica por ahogamiento, es una muerte violenta”. 

De etiología médico legal indeterminada, el mecanismo de la muerte fue “insuficiencia respiratoria, la forma de producirse la muerte fue rápida”.

En el documento no se establece la hora de la muerte, ya que aunque en el relato fáctico del Ministerio Público se establece que los hechos comenzaron a las 9:45 de la mañana, el levantamiento del cadáver se produjo a las 2:05 de la tarde.

Los hechos

Según el Ministerio Público, “a las 9:44 de la mañana, la víctima se adentra a la piscina, caminando confiada". La piscina se encontraba sin ningún tipo de señalización y al momento en que llega a la mitad de la misma, la menor "se percató de que el nivel de agua era diferente y de inmediato empezó a hundirse y a hacer señas de auxilio con los brazos muestra de que se estaba ahogando".

El escrito del órgano acusador continúa explicando "que a las 9:45 (de la mañana) la menor de edad realizó gesto de desesperación, luchando por tomar aire, por mantenerse a flote, por sobrevivir".

En la solicitud de medida de coerción se establece que "mientras se estaba ahogando, la imputada Francisca Josefina Tavárez Vélez, camina por el borde de la piscina, justo al lado de la víctima y se desplaza sin siquiera voltear la cara, en cambio se dirige a la parte de la piscina donde está el jacuzzi y habla con unos niños que están ahí, regresando a la parte del gazebo, volviendo a pasar al lado de la víctima, sin que nada le llame la atención. Esta es una muestra extrema de la falta de cuidado y de la forma negligente irresponsable en la que las imputadas realizaron la supervisión del área de la piscina".


En la solicitud de medida de coerción se establece que "mientras se estaba ahogando, la imputada Francisca Josefina Tavárez Vélez, camina por el borde de la piscina, justo al lado de la víctima y se desplaza sin siquiera voltear la cara, en cambio se dirige a la parte de la piscina donde está el jacuzzi y habla con unos niños que están ahí, regresando a la parte del gazebo, volviendo a pasar al lado de la víctima, sin que nada le llame la atención. Esta es una muestra extrema de la falta de cuidado y de la forma negligente irresponsable en la que las imputadas realizaron la supervisión del área de la piscina".

El documento detalla que el colegio organizó la actividad llamada “Agasajo Guardia de Honor” violando la Orden Departamental 09-2009, que prohíbe terminantemente excursiones y actividades recreativas en ríos, playas, lagos y piscinas.

Pese a la prohibición, el centro aprobó la actividad, coordinada por las imputadas, para 87 estudiantes de entre 10 y 18 años, incluyendo a Stephora.

El lugar escogido fue Hacienda Los Caballos, un espacio que, de acuerdo al informe de la Defensa Civil, no contaba con salvavidas, señalización, rutas de evacuación ni protocolos de emergencia.

Las detenidas fueron identificadas como Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa; Gisela González, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavarez Vélez, orientadora; y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario.

El Ministerio Público sostiene que las cuatro imputadas actuaron con torpeza, negligencia e imprudencia extrema, incumpliendo su deber de cuidado y violando normas nacionales.

LISTIN. D Y EL NACIONAL 

«
Next
This is the most recent post.
»
Previous
Entrada antigua

No hay comentarios:

Leave a Reply